No. Un cambio de precio no requiere otro ISBN.
No. Un cambio de precio no requiere otro ISBN.
No. Es el país en el que tenga su sede el editor el que determina el identificador de grupo, y no el idioma del texto.
Cualquier cambio (sustancial) del texto requiere un nuevo ISBN, y se deberá indicar en la portada y en la hoja de créditos que se trata de una nueva edición, mostrando en ellas el nuevo ISBN.
No. Se debe conservar el número original, siempre y cuando el editor siga siendo el mismo.
No, si no se ha producido un cambio sustancial en el texto, en el formato o en la encuadernación que justifique un nuevo ISBN.
No. Cuando se trata de una reimpresión que mantiene las mismas características de la edición, formato y contenido, no es necesario asignarle otro ISBN.
No. El ISBN identifica para siempre a un título concreto, y a su edición y encuadernación. Aunque el libro esté agotado y ya no se imprima, es posible que aún se pueda encontrar en algunas tiendas, y desde luego estará en las bibliotecas.
Las normas establecen que el conjunto de la obra tendrá un ISBN, y que cada volumen tendrá su propio ISBN independiente.
Sí. Los libros electrónicos también deben solicitar un ISBN para ingresar al circuito comercial (distribución y venta de libros).
El certificado de ISBN solo puede ser obtenido por el editor, quien debe cumplir con los requisitos establecidos para la obtención del certificado ISBN.
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BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ RUC: 20131379863